La Comisión Europea ha adoptado la decimosexta actualización de la lista de compañías aéreas prohibidas en la Unión Europea. Se han prohibido todas las compañías aéreas con licencia de Afganistán y Mauritania (Mauritania Airways). Esta compañía está participada al 51% por Tunisair y cuenta con dos Boeing 737 y un ART 42-300 y realizaba vuelos entre Nouadhibou y el aeropuerto de Gran Canaria.
También se han añadido a la lista una compañía aérea con licencia de Kirguizistán y otra de Gabón, mientras que se han retirado de la misma nueve compañías kazajas y se han modificado las restricciones de funcionamiento impuestas a una compañía de Ghana. Se ha confiado a la Agencia Europea de Seguridad Aérea la realización de misiones de asistencia técnica.
Siim Kallas, Vicepresidente de la Comisión responsable de Movilidad y Transportes, ha declarado lo siguiente: «No podemos permitirnos transigir en seguridad aérea. Para poder garantizar que no existen riesgos para la seguridad, es preciso actuar en cuanto se tengan pruebas de que las compañías aéreas no funcionan de manera segura o de que los organismos reguladores no observan su obligación de hacer cumplir las normas de seguridad.».
La lista publicada hoy sustituye a la anterior de septiembre de 2010 y puede consultarse en la página web de la Comisión.
En esta actualización, la prohibición anterior de explotación en la UE de una compañía aérea afgana (Ariana Afghan Airlines) se ha ampliado a todas las compañías aéreas con licencia de Afganistán debido a las deficiencias de seguridad detectadas en su sistema de supervisión de la aviación civil y en varias compañías. Ya se habían decidido varias prohibiciones nacionales en relación con las operaciones de la compañía aérea Kam Air. La Comisión reconoce los esfuerzos del Gobierno afgano y su compromiso de reformar el sistema vigente de supervisión de la aviación civil y de mejorar la seguridad. Está dispuesta a apoyar activamente esta reforma en colaboración con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Debido a las deficiencias persistentes en lo relativo a las operaciones y el mantenimiento de la compañía Mauritania Airways que se han detectado durante las inspecciones en pista efectuadas en varios Estados miembros de la UE, también ha quedado prohibida esta compañía aérea. Esta medida se aplicará a cualquier otra compañía aérea con licencia de Mauritania desde esta actualización. Esta decisión se ha tomado debido a las deficiencias del sistema de supervisión de la aviación civil detectadas por la OACI en el marco de su «Auditoría de la Vigilancia de la Seguridad Operacional».
Tras la creación de nuevas compañías aéreas en Gabón (Afric Aviation) y Kirguizistán (CAAS), se han añadido estas compañías a la lista, porque todas las compañías aéreas de esos Estados están sujetas a restricciones de funcionamiento debido a la capacidad insuficiente de sus autoridades competentes de hacer frente a sus responsabilidades de supervisión de la seguridad.
Nueve compañías aéreas de Kazajstán se han retirado de la lista tras haber notificado las autoridades competentes de ese país que habían revocado sus licencias de operador aéreo y que ya no se dedicaban al transporte aéreo comercial.
Además, las restricciones de funcionamiento vigentes impuestas a una compañía aérea de Ghana (Airlift International) se han eliminado a raíz de los avances registrados y esta compañía aérea puede reanudar su explotación en la UE, bajo condiciones estrictas, con una aeronave adicional y bajo un control permanente de los Estados miembros mediante inspecciones en pista.
La Comisión Europea se compromete a apoyar en lo posible un mejor cumplimiento de las normas internacionales de seguridad y, por este motivo, ha confiado a la Agencia Europea de Seguridad Aérea la realización de una serie de misiones de asistencia técnica a las autoridades competentes de varios Estados con vistas a mejorar la seguridad y responder a las preocupaciones al respecto.
La lista europea actualizada incluye todas las compañías aéreas con licencia de diecinueve Estados, esto es, 276 compañías aéreas conocidas, cuya explotación está terminantemente prohibida en la Unión Europea: Afganistán, Angola, Benín, República de Congo, República Democrática del Congo, Filipinas, Gabón (con excepción de tres compañías aéreas cuyo funcionamiento está sujeto a restricciones y condiciones), Guinea Ecuatorial, Indonesia (excepto seis compañías), Kazajstán (con excepción de una compañía cuyo funcionamiento está sujeto a restricciones y condiciones), Kirguizistán, Liberia, Mauritania, Santo Tomé y Príncipe, Sierra Leona, Suazilandia, Sudán, Yibuti y Zambia. La lista también incluye otras cuatro compañías aéreas: Blue Wing Airlines (Surinam), Meridian Airways (Ghana), Siem reap Airways International (Camboya) y Silverback Cargo Freighters (Ruanda). Además, la lista incluye diez compañías aéreas que están autorizadas a operar en la UE bajo determinadas restricciones y condiciones: Air Astana (Kazajstán), Air Koryo (República Popular Democrática de Corea), Airlift International (Ghana), Air Service Comores, Afrijet, Gabon Airlines y SN2AG (Gabón), Iran Air, TAAG Angolan Airlines y Ukrainian Mediterranean Airlines (con licencia de Ucrania).