El Aeropuerto de Teruel va cumpliendo los distintos trámites para su puesta en marcha. Ayer correspondió la constitución del Comité de Seguridad Aeroportuaria, cuyo presidente es el director del aeropuerto, Alejandro Ibrahim.
El comité está integrado por representantes del Gobierno de Aragón, de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, así como de la empresa privada de seguridad del aeropuerto, de la propia empresa concesionaria Tarmac Aragón, además de un experto de seguridad de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), y personal propio del aeropuerto.
Durante esta reunión se han explicado las diferentes actividades del aeropuerto, se han analizado cuestiones relativas al propio Programa de Seguridad Aeroportuario del Aeropuerto de Teruel y se han visitado las instalaciones.
El director del Aeropuerto de Teruel, Alejandro Ibrahim ha explicado que la constitución de este Comité «es uno de los pasos que la AESA, dentro de las competencias que tiene nos está fijando. Ya hemos trabajado con ellos en los últimos meses, y uno de los hitos que teníamos que realizar era crear este Comité. Con él tendremos reuniones mensuales para debatir los asuntos relacionados con la seguridad del Aeropuerto» ha detallado.
Actualmente, el Consorcio del Aeropuerto de Teruel continúa trabajando en la implantación de los requisitos operativos, la puesta en marcha de los sistemas, el mantenimiento e ingeniería, así como en los programas de formación y en los registros de control de las diferentes actividades.
Cabe destacar que las inspecciones de AESA están siendo favorables y se ha intensificado la fase final para dar cumplimiento a las distintas revisiones y los requisitos aprobados el 1 de octubre del Plan Nacional de Seguridad (PNS) del Ministerio de Fomento.
Según este plan, para la aviación civil se establece la organización, métodos y procedimientos necesarios para asegurar la protección y salvaguarda de los pasajeros, tripulaciones, público, personal de tierra, aeronaves, aeropuertos y sus instalaciones, frente a actos de interferencia ilícita, perpetrados en tierra o en aire, preservando la regularidad y eficiencia del tránsito aéreo nacional e internacional en el Estado español y su espacio aéreo. Dicho plan es de obligada aplicación a los aeropuertos y satisface las normas y métodos recomendados del Anexo 17 de la OACI al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, así como el Reglamento (CE) Nº 300/08 del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos.