AOPA-Spain, entidad que defiende los intereses de los propietarios de aviones privados, está teniendo constancia que Aena Aeropuertos SA está practicando liquidaciones a operadores de Aviación General (e incluso pilotos privados) en razón de una presunta prestación patrimonial de caracter público de las establecidas en la Ley 1/2011 de 4 de marzo, correspondiente a la «utilización por pasajeros de las zonas terminales de sus aeropuertos», cuando se trata de vuelos en los que viajan a bordo otras personas (acompañantes) además de los pilotos.
Aopa-Spain quiere manifestar a todos los afectados que dichas liquidaciones son totalmente rechazables porque no se ajustan a la tipología que requiere la ley.
Pasajero es solamente quien vuela mediante un contrato de transporte aéreo comercial, que se materializa en un título de viaje o billete. Los elementos del contrato de transporte aéreo (tal como quedan definidos en el Cap. XII de la Ley de Navegación Aérea) implican el desplazamiento de un lugar de origen o otro de destino y el abono de un precio por ese servicio. Y necesariamente quien presta ese servicio ha de contar con un AOC (certificado de operador aéreo) de los establecidos en la legislación comunitaria (EASA), expedido por la AESA.
Inclusive, en el caso de los vuelos turísticos (que sí son de caracter comercial pero al no suponer un traslado del pasajero entre dos puntos distintos -pues el origen coincide con el destino- y podrían escapar a la consideración de «transporte») requieren que la empresa de trabajos aéreos prestataria disponga del oportuno AOC.
Por definición, los vuelos realizados por pilotos privados o por operadores de GA (escuelas, aeroclubs, trabajos aéreos, etc), con excepción de los citados vuelos turísticos, no cumplen con el requisito de mediar precio en el desplazamiento que hagan a personas acompañantes del piloto o tripulantes.
Por tanto, cualquiera que sea la denominación que comúnmente se les pueda dar a esas personas acompañantes NO TIENEN LA CONSIDERACION JURIDICA DE PASAJEROS, siendo rechazable cualquier interpretación que AENA AEROPUERTOS SA pretende efectuar para devengar una tarifa.
Los servicios jurídicos de AOPA-Spain elevarán a Aena Aeropuertos SA la más enérgica repulsa si dicha práctica queda conformida.
Para contactar con AOPA Spain y comunicar dónde se está produciendo esta práctica abusiva por parte de AENA Aeropuertos Españoles, S.A., por favor envie un e-mail a: info@aopa-spain.org
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