La sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha desestimado el recurso de apelación de Ryanair contra una sentencia de un juzgado mercantil de Barcelona, mediante la cual se reconoció el derecho de la agencia de viajes eDreams a vender billetes de la aerolínea irlandesa. Por tanto, la sentencia ha resultado confirmada y adquiere plena firmeza jurídica.
Ryanair alegó que eDreams utilizaba un herramienta informática
denominada «screen scraping» mediante la cual accede a la página de Ryanair. Se indica que «eDreams accede a dicha página web como usuario, y mediante aquel software ideado para leer patrones y métodos de búsqueda de Ryanair extrae directamente la información que le solicita el usuario de los sitios web eDreams para visualizarla a éstos».
«Esto es, cuando un usuario accede a eDreams pidiendo información sobre vuelos, esta agencia on line ofrece no sólo los resultados que obtiene de las centrales de reservas, sino también las que ofrecen algunas compañías low cost, en este caso Ryanair, directamente a sus usuarios. El buscador de eDreams captura los detalles de los vuelos, incluidos los precios, publicados en la web de Ryanair, introduciéndose en sus patrones de búsqueda y proyecta el resultado de la búsqueda en la propia página de eDreams, en la pantalla correspondiente a la búsqueda solicitada por su cliente».
Ryanair planteó que esta conducta vulneraba las condiciones de uso de su web y los derechos de propiedad intelectual, motivo por lo cual demandó que eDreams cesase en la actividad denunciada.
Pero los dos tribunales que han analizado el caso consideran que no existe «ningún incumplimiento contractual porque no media ninguna relación contractual» entre los litigantes. Tampoco consideran que exista «infracción relevante» de las condiciones de uso de la web de Ryanair, pues el acceso a ésta es libre.
Asimismo, se descarta que eDreams provoque una ralentización o que entorpezca el funcionamiento de la web. Para ello, el tribunal se apoya en el dictamen de un perito que niega la existencia de perjuicios.
Varapalo a las ventas directas de Ryanair
En la primera sentencia, el magistrado autor de la misma razonó que posiblemente la actividad de eDreams «contraríe el modelo de negocio de Ryanair, que prefiere las ventas directas a través de su página web, en donde ofrece otros servicios, que las ventas promovidas por agencias de viajes on line. Sin embargo, no puede imponer ese modelo que pasa por impedir otros modelos de negocio, como son el de las agencias de viajes, que están legalmente habilitadas para ejercer su actividad. Todo esto, claro está y como se h expuesto, siempre que no se infrinjan derechos de exclusiva o se incurra en comportamiento desleal».
Por su parte, la Audiencia argumenta en su sentencia que si Ryanair «permite el acceso a cualquiera para pueda formular consultas de vuelos y en su caso realizar una reserva, no puede impedir que también las agencias on line puedan requerir esa información para ofrecérsela a los clientes que previamente les han formulado una petición y, si éstos optan por alguno de esos vuelos, realizar la correspondiente reserva».
El modelo de negocio de eDreams se basa en ofrecer al usuario de su web en una misma pantalla los vuelos del trayecto que le interesan y sus precios. Al efectuar el usuario la compra del billete, paga a eDreams una cantidad extra dinero en concepto de gastos de gestión, al margen del precio del billete de la aerolínea.
Texto y Edición: José Fernández