Los pilotos de Air Europa deberán cobrar el dinero que la empresa les debe en concepto de las cuotas del seguro de pérdida de licencia, que la compañía decidió unilateralmente dejar de pagar en 2012.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha estimado el Recurso de Casación que interpuso el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas frente a la sentencia de la Audiencia Nacional de febrero de 2013, en la que se desestimaba la demanda de SEPLA contra Air Europa por el impago del seguro.
El conflicto comenzó cuando, hace dos años y medio, la compañía Air Europa dejó de abonar las primas del seguro que cubre el riesgo de la pérdida temporal y definitiva de la licencia de piloto, así como del fallecimiento. SEPLA denunció este hecho ante la Audiencia Nacional, que lo desestimó en primera instancia, ante lo que el sindicato decidió interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, del que ahora se conoce la sentencia.
El Tribunal Supremo reconoce así el derecho de los pilotos al abono de primas de seguros por pérdida temporal y pérdida definitiva de licencia “por tratarse de una condición más beneficiosa”, e insta a Air Europa a pagar a sus pilotos, con efecto retroactivo, las cuotas impagadas desde abril de 2012.
Una vez más, los Tribunales dan la razón a SEPLA en sus conflictos judiciales con Air Europa, en el marco de unas relaciones laborales que se han judicializado hasta límites indeseables, debido a las reiteradas violaciones de la empresa de los derechos de los pilotos reconocidos en su convenio colectivo y en sus propios contratos individuales. LuisCrespí, jefe de la sección sindical de SEPLA en Air Europa, manifestó que «esperamos que esta vez la compañía cumpla lo dictado en las sentencias, y devuelva el dinero que dejó de pagar y que nos corresponde por contrato».
Cruzada contra el colectivo de pilotos
Air Europa lleva años inmersa en una cruzada contra su colectivo de pilotos, tomando decisiones de forma unilateral que anulan de facto derechos adquiridos por el colectivo y reconocidos por ambas partes tanto en sus contratos como en el propio convenio colectivo, que la empresa ha dejado de aplicar al calor de la reforma laboral aprobada por el Gobierno en 2012.
Los reiterados incumplimientos de la empresa han sido denunciados por SEPLA ante los Tribunales de Justicia, que en todas las ocasiones han dado la razón a los representantes de los pilotos. Ya en abril de este año, la Audiencia Nacional declaraba nulo el Expediente de Regulación de Empleo llevado a cabo por la empresa en 2012, que supuso el despido de 44 pilotos.
Además, la empresa ha esquivado la ley en diversas ocasiones realizando contrataciones en términos ajenos al convenio colectivo, modificándolo de forma unilateral, realizando despidos arbitrariamente y sin seguir los procedimientos establecidos para los casos de despidos colectivos, o modificando el convenio de forma unilateral. Crespí subrayó que «en todos estos casos, –prosigue Crespí- la Justicia ha dado la razón a SEPLA en sus argumentos, lo que demuestra la poca voluntad de la empresa para tener unas relaciones con sus trabajadores pilotos basadas en la cordialidad, el respeto mutuo y el imperio de las leyes laborales».
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