La Sala de lo Social obliga a Air Europa a aplicar el III Convenio Colectivo de Pilotos en su totalidad. Dejó de tener vigor en julio de 2013, cuando finalizó su ultraactividad por la entrada en vigor de la Reforma Laboral. Desde entonces, Air Europa hacía una selección parcial y arbitraria de los puntos del convenio que aplicaba sobre los piloto.
«Declaramos la obligación de la entidad demandada –Air Europa- de aplicar íntegra y no selectivamente –hasta la firma del IV Convenio Colectivo de Pilotos- el contenido material del texto refundido del III CC». La sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional sobre el conflicto entre Air Europa y sus pilotos ha fallado a favor de estos últimos, y da por terminado así –a falta del recurso de casación- el conflicto que comenzó el 7 de julio de 2013, cuando finalizó la ultraactividad del Texto Refundido del III Convenio Colectivo de Pilotos.
Air Europa decidió entonces dejar de aplicar el convenio colectivo de sus pilotos, procediendo a aplicarlo sólo parcialmente y de forma totalmente arbitraria. Los pilotos se vieron así desamparados y sin un texto legal que estableciera sus condiciones laborales, lo que en la práctica se ha traducido en que la empresa ha adoptado medidas contra sus pilotos en base a criterios arbitrarios y personales.
Esta conducta se ha plasmado obre todo en el régimen sancionador, en las promociones de pilotos y la progresión de flota, o en la externalización de la producción, piedra angular para el abaratamiento de costes que está perfectamente reglada en el convenio por el enorme impacto que tiene sobre el empleo de los pilotos.
La sentencia deja claro que «no se ajusta a derecho la aplicación selectiva de un convenio colectivo fenecido por el transcurso del plazo de ultraactividad legal en el que no existe convenio colectivo superior que pueda aplicarse». Además, la sentencia remarca que esta práctica «supone un abuso de derecho y se atenta contra el derecho a la negociación colectivv. Por todo ello, la sentencia establece que a partir de ahora, y hasta la firma del próximo, Air Europa deberá retomar el tercer convenio colectivo de pilotos y comenzar a aplicarlo en su totalidad.
«De nuevo, la Justicia vuelve a dar la razón al Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) en un litigio, demostrando así que la cruzada que emprendió la empresa hace años contra el colectivo de pilotos no tiene fundamento de derecho alguno», afirman desde la sección sindical de SEPLA en Air Europa. El sindicato confía que este tipo de sentencias reconduzcan la situación con la empresa y le ayuden a replantearse su actitud ante el legítimo representante de los pilotos.
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