SEPLA acusa a AESA de ignorar la seguridad en el sector de helicópteros

La actuación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del El Ministerio de Fomento, ante la situación de irregularidad del sector, deja patente la permisividad con la que operan empresas como INAER. Así, se desentiende de su responsabilidad, a pesar de que entre sus funciones está la de velar y mejorar la seguridad del personal de vuelo en la aviación civil.

Sólo dos semanas después de que la AESA anunciara su compromiso de legislar los trabajos aéreos, mediante un borrador de Real Decreto que regule las operaciones de Salvamento Marítimo y Extinción de Incendios, se ha desmarcado como si el exceso de actividad de los pilotos de Salvamento Marítimo de la Xunta fuese competencia exclusiva de Trabajo, según indica el Sindicato de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA).


La AESA está permitiendo por tanto que se dé esta situación de inseguridad, ilegalidad y desprotección jurídica de los pilotos afectados. Y más aún cuando en esta jornada de trabajo se comprometió también a aumentar la cantidad y calidad de las inspecciones y a acordar con las Comunidades Autónomas las medidas de seguridad pertinentes para el sector.

Por su parte la Xunta, responsable del Servicio de Guardacostas, no sólo no ha adoptado las medidas para garantizar la calidad y legalidad del servicio sino que se lava las manos afirmando que este posible exceso de horas «es un problema entre la empresa y los trabajadores». Esta pasividad es incluso peor teniendo en cuenta que el pliego de condiciones que especifica las condiciones del contrato establece que INAER debe «asegurar el descanso físico y psicológico de las tripulaciones por su incidencia directa en la seguridad de vuelo y disponer del personal necesario para cumplir las condiciones laborales y de seguridad de dicho personal, evitando así cualquier anomalía o deficiencia en el servicio».

No quedándose conforme con esto, continúa diciendo que «las discrepancias son por superar las horas de trabajo al año, no por sobrepasarse en horas de vuelo». Y concluye diciendo que «la Xunta no tiene nada que ver con las disfunciones entre empresa y trabajadores».

El cómputo anual de las horas de trabajo es la suma anual de todas aquellas horas en las que el trabajador está a disposición del empresario, independientemente que sean de vuelo o no. Así se interpreta en otros sectores como médicos o bomberos. Son horas de trabajo que pueden afectar después a la hora de realizar un rescate, por la fatiga acumulada.

«Presionan a los pilotos porque saben la responsabilidad que conlleva el servicio de salvamento y las consecuencias que puede tener abandonar el puesto. Los comandantes trabajan ilegalmente y si hay cualquier incidente la responsabilidad es suya», denunciaron los pilotos.

Esta manera de eludir responsabilidades entre empresa adjudicataria (INAER), Comunidad Autónoma (Xunta) y Fomento (AESA) pone de manifiesto que los compromisos para mejorar la seguridad y reducir la siniestralidad en el ámbito de los trabajos aéreos no se demuestran con acciones reales, tal y como habría sido de esperar.

 

 

Comparte esta noticia