En una extensa demanda, las tres organizaciones sindicales, SEPLA, USO y SITCPLA, argumentan que, desde el anuncio de cierre de bases, llevado a cabo por la aerolínea irlandesa en el mes de agosto, hasta finalizar el periodo de consultas del ERE e, incluso, a posteriori, se han dado toda una serie de ilegalidades que deben conducir a la Audiencia Nacional a declarar la nulidad o no ajustado a derecho el despido colectivo planteado.
En primer lugar, en la demanda se prueba que las causas productivas y organizativas en las que Ryanair basa su decisión de presentar el ERE no quedan acreditadas, e incluso, algunas de ellas son inexistentes. Concretamente, las causas del cierre de bases esgrimidas por Ryanair eran el retraso en las entregas de los Boeing 737-MAX; la ineficiencia de las bases de Lanzarote, Gran Canaria y Tenerife por tarifas bajas, elevado coste de operaciones y la incertidumbre ante el Brexit y su impacto en el negocio de Ryanair en Canarias, y la disminución de la demanda en el Aeropuerto de Girona durante la temporada de invierno.
Los sindicatos demandantes defienden que la aerolínea no ha podido demostrar ese descenso en la demanda ni en la facturación en las operaciones en las bases canarias, del mismo modo que no se ha podido acreditar cambios en la operativa de Girona, siendo la estacionalidad de su actividad una constante desde la apertura de la base.
En cuanto al retraso en la entrega de los Boeing 737 MAX, hecho que sí es constatable, se considera que no puede argumentarse como causa productiva ya que Ryanair contempla en su Informe Anual de 2019 disponer de unas 60 aeronaves inmovilizadas como estrategia estacional, por lo que la no entrega de aviones no puede justificar el cierre de bases.
Respecto a las causas organizativas, que se refieren a cambios en los sistemas o métodos de trabajo del personal, o en el modo de organizar la producción, Ryanair ni siquiera las incluye en el informe técnico ni en la memoria, limitándose exclusivamente a proponer el cierre de las bases.
Irregularidades en el proceso del ERE
Las múltiples irregularidades cometidas por Ryanair en todo el procedimiento desde el anuncio del ERE hasta la actualidad, tanto desde el punto de vista formal como desde la conducta e intencionalidad de la empresa, son también motivos que se desarrollan en la demanda.
La falta de petición de informe a los sindicatos, pese a las advertencias realizadas por la Dirección General de Trabajo, que finalmente se realizó el último día del periodo de consultas -14 de noviembre-; la falta de aportación del plan de recolocación externo; o la diferencia entre la comunicación de decisión final de la empresa a los representantes sindicales y la realizada a la autoridad laboral en cuanto a indemnizaciones por despido, vacantes, listado definitivo de afectados (224 de los 502 que recibieron la carta anunciando el ERE), fecha efectiva de los despidos o situación de la base de Girona, entre otras, son hechos que se prueban en el escrito y que incumplen distintos artículos del Real Decreto 1483/2012 y del Estatuto de los Trabajadores.
También se hace alusión a la posición inmovilista mantenida por parte de Ryanair durante el periodo de consultas del ERE, sin realizar propuestas de verdadero contenido negociador e inflexible con la decisión de cierre de las cuatro bases; la negativa de la empresa a compensar la pérdida retributiva de los miembros de la comisión negociadora que, al no volar, han visto mermados sus salarios, así como la conducta empresarial de programar descenso de vuelos a los trabajadores afectados -trayendo personal de otras bases- con el único objetivo de reducir la retribución que impacta en el cálculo para las indemnizaciones de los despidos que se comunicarán en enero de 2020.
La promoción de soluciones individuales al margen del periodo de consultas -pasar a otras empresas del grupo con peores condiciones, permisos sin sueldo o el traslado de trabajadores afectados a otras bases españolas o extranjeras- ha sido también una tónica general desde que Ryanair comunicara en agosto de este año su decisión de cierre de bases en España.
Chantaje con Girona
Finalmente, la demanda contiene un apartado en el que se analiza la actuación de la empresa con respecto de la base de Girona, que los sindicatos consideran una auténtica coacción, fraude de ley, intento de engaño y un claro ejemplo de incumplimiento de la obligación de negociar con buena fe.
En la penúltima reunión del periodo de consultas, Ryanair hace una propuesta en la que condiciona no cerrar la base de Girona, dejándola como base estacional y con la conversión de contratos de la plantilla a fijos discontinuos, a cambio de que los sindicatos aceptaran las condiciones del ERE para el resto de trabajadores afectados -indemnización de 20 días por año y limitadas vacantes fuera de España que no son bloqueadas-, es decir, aceptar el despido del resto de compañeros en términos de mínimos legales. Sin embargo, el no cierre de Girona quedaba también a expensas de una decisión final por parte de Ryanair, además de las dos condiciones previas.