La Audiencia Nacional sentencia que existe cesión ilegal de trabajadores entre las agencias Crewlink y Workforce y Ryanair. Más de 400 tripulantes de cabina podrán reclamar su derecho a ser reconocidos como trabajadores de Ryanair.
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Tras demanda de USO y SITCPLA (Sindicato Independiente de TCP de Líneas Aéreas), la Audiencia Nacional ha emitido sentencia en la que declara que los contratos de trabajo de más de 400 tripulantes de cabina con Crewlink y Workforce constituyen una cesión ilegal de trabajadores, donde el verdadero empresario es Ryanair. Por tanto, la Audiencia reconoce el derecho de estos trabajadores a optar por la condición de trabajadores en la aerolínea Ryanair.
Los más de 400 tripulantes afectados por esta sentencia podrán ahora reclamar su derecho a ser reconocidos como trabajadores de Ryanair. De esta forma, sus condiciones laborales serán las mismas que los contratados directamente por la aerolínea irlandesa. USO-Sector Aéreo recuerda que la diferencia salarial entre los tripulantes de agencia y los contratados por la propia Ryanair ronda entre el 40% y el 60%.
Tras esta sentencia, Ryanair no podrá continuar con su modelo de negocio ilegal en España. Un negocio que, desde 2004, cuando Ryanair inició el uso de “agencias” para contratar al personal de cabina, se ha basado en atentar contra los derechos de los trabajadores. La legislación obliga a retribuir de igual manera a trabajadores contratados por la propia empresa y a aquellos contratados por empresas de trabajo temporal. Gracias a este ilegal modelo, Ryanair ha competido durante años en el mercado laboral abaratando costes laborales de manera considerable y abusiva.
Cesión ilegal, ahora constatada por la justicia
Los sindicatos USO y SITCPLA demandaron a la compañía irlandesa por cesión ilegal de trabajadores. Los equipos jurídicos de ambos sindicatos argumentaron que en los contratos de trabajo suscritos con Crewlink y Workforce existía un régimen disciplinario idéntico, un régimen de ruta, protocolo de prestación de servicios y guía para los trabajadores establecidos por Ryanair, iguales para todos, fueran estos contratados por Ryanair, Crewlink o Workforce.
Es decir, los trabajadores contratados por las denominadas “agencias de contratación” prestan sus servicios de igual forma que la plantilla de Ryanair, realizando las mismas tareas, portando el mismo uniforme, utilizando las mismas tarjetas de identificación y recibiendo una misma formación.
Estos hechos ya habían sido constatados por la Inspección de Trabajo, tras denuncia de los sindicatos, y ahora se confirman en esta sentencia de la Audiencia Nacional que argumenta:
1.- Ryanair ejerce el poder de dirección y organización del trabajo en todos los aspectos básicos de la prestación de servicios (programación de vuelos; programación y cambios de guardias; concesión de vacaciones; fichaje; poder disciplinario).
2.- Hay una confusión de plantillas marcadamente pretendida por Ryanair. Los mismos procedimientos de trabajo, misma atención al público y la misma apariencia externa de la uniformidad.
3.- No se percibe la necesidad técnica que supondría para la aerolínea incorporar nuevos tripulantes de cabina a través de empresas externas en lugar de contratarlos.
4.- No existe asunción del riesgo empresarial por parte de Crewlink y Workforce.