Los pilotos de helicópteros trabajarán en un marco más seguro para la operación

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    El tiempo de trabajo efectivo será de 1.760 horas / Foto: JFG
    Patronal y sindicatos de trabajos aéreos firman el II Convenio Sectorial tras tres años de parálisis
  • •    El personal de vuelo tendrá una jornada máxima de 225 días de programación y 2.000 horas anuales
  • •    La normativa europea limita a 2.000 el máximo anual de horas, pero en España se permitían hasta 2.550.

 Los trabajos aéreos y de helicópteros en España ya tienen un texto que los regule. Representantes de la patronal de aviación AECA (Asociación Española de Compañías Aéreas), de los Sindicatos CCOO, UGT, CGT y pilotos del Sindicato SEPLA firmaron ayer, 28 de mayo, el II Convenio Colectivo Sectorial de trabajos aéreos. Con esta firma se consigue que la jornada de los pilotos españoles se parezca más a la de sus colegas europeos, que trabajan según la normativa comunitaria sobre tiempos de trabajo y descanso de tripulaciones.



De esta forma, el personal de vuelo tendrá una jornada máxima de 225 días de programación y 2.000 horas anuales, siendo el tiempo de trabajo efectivo de 1.760 horas y respetando un descanso mínimo de doce horas entre jornadas. Por su parte, el personal técnico de tierra y personal administrativo tendrán una jornada máxima anual de 1.760 horas mientras que el colectivo de mantenimiento ha acordado un pacto de flexibilidad de un 7,5 por ciento.

El convenio homologa a España en los estándares europeos / Foto: JFG
Con la firma de este Convenio, SEPLA se acerca a la que ha sido una reclamación histórica del Sindicato: equiparar la jornada laboral de los pilotos de helicópteros a la normativa europea. Hasta ahora, la ambigüedad en la interpretación de lo que significaba el «tiempo de trabajo» permitía en la práctica que los pilotos trabajaran hasta 2.550 horas, en ocasiones incluso más a discreción del empresario.

 

Ello creaba una situación de incertidumbre jurídica en los pilotos de helicópteros, que se veían obligados a trabajar más allá del umbral de la seguridad en operaciones tan vitales para España como la extinción de incendios o el salvamento marítimo.

En este convenio, el número de horas de trabajo anuales baja a 2.000, tal y como establece la normativa europea. Sin embargo, siguen sin atajarse los problemas derivados de la definición del tiempo de trabajo, ya que no se computan dentro de esas 2.000 horas las destinadas a formación o desplazamiento del trabajador, a pesar de ser horas en las que éste está realizando un servicio para la empresa en la que trabaja. SEPLA seguirá reivindicando la necesidad de que estos conceptos se incluyan en el límite anual marcado por Europa, tal y como se hace en el resto de países del continente.

España, en la carrera hacia la seguridad

España es el país con la tasa de siniestralidad más alta de Europa en trabajos aéreos. 20 personas fallecieron el año pasado en 12 accidentes de helicóptero (incluido un hidroavión). Desde SEPLA se señalaba la falta de regulación como una de las principales explicaciones para este alto índice de mortandad.

A la espera de un Real Decreto –prometido por Aviación Civil desde hace meses- que regule definitivamente el sector y tape los agujeros legales que existen en la actualidad, la firma de este Convenio Sectorial supone una gran noticia para la seguridad aérea y para las condiciones de los trabajadores de helicópteros y trabajos aéreos, el gran olvidado de la aviación española a pesar de su marcado carácter público y social.

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