A las 21,30 horas ha entrado en vigor una edición especial del Boletín Oficial del Estado. Se trata del Real Decreto-ley 13/2010 de 3 de diciembre relacionado con las nuevas «actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo». Aunque a priori pueda parece que este encabezamiento no tiene relación con el conflicto de los controladores, de hecho sí lo tiene. Y mucho. En las páginas 21 y 22 del mismo se indica textualmente lo siguiente:
Disposición adicional segunda. Actividad aeronáutica en el control del tránsito aéreo.
1. Los controladores al servicio de la entidad pública empresarial AENA, así como al servicio del resto de proveedores de servicio de tránsito aéreo, deberán ajustar su tiempo de actividad aeronáutica, descansos y turnos a lo establecido en el Real Decreto 1001/2010, de 5 de agosto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 1001/2010, la actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales. En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral. Estas actividades, al no afectar a los límites de seguridad aeronáutica, se tomarán en consideración exclusivamente a afectos laborales de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1001/2010.
2. Se da una nueva redacción al apartado 4 del artículo 34 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea:
«4. Abstenerse de ejercer dichas funciones y de realizar tales actividades en caso de disminución de la capacidad física o psíquica requerida. El personal de control al servicio de la Entidad Pública Empresarial «Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea», que aprecie dicha circunstancia, deberá someterse de manera inmediata a reconocimiento por parte de los Servicios Médicos que facilite la Entidad, quienes verificarán la concurrencia de la misma, y determinarán si ello ha de dar lugar al apartamiento de su puesto de trabajo.»
3. Se da nueva redacción al apartado 2 de la disposición adicional primera de la Ley 9/2010, de 14 de abril, por la que se regula la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecen las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo, que quedará redactado en los siguientes términos:
«2. La entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea deberá facilitar la inmediata aplicación de lo previsto en el artículo 4.4.a) de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, quedando sometidos los controladores de tránsito aéreo de la citada entidad a la dirección del Ministerio de Defensa quien asumirá su organización, planificación, supervisión y control. Ningún trabajador, órgano directivo u organización podrá dificultar o impedir la efectividad de dicha medida. El incumplimiento de dicha obligación será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Ley, sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles o penales a que haya lugar.»
Por tanto, cualquier controlador que sufra una indisposición física que pueda comportar su baja del servicio ha de ser de inmediato examinado por un médico elegido por AENA. Y, por otra parte, queda abierta la opción de que los controladores sean militarizados y queden sujetos a las órdenes del Jefe del Estado Mayor del Aire, el general José Ruiz Jiménez. Si no acatasen las órdenes, podrían incurrir en delito de sedición, castigado con penas de hasta 10 años de prisión.
Última hora
Según ha informado Televisión Española, decenas de controladores se han reunido esta tarde y primeras horas de la noche en un hotel madrileño cercano a Barajas, para decidir acerca de la postura que adoptan: si regresan al trabajo, o bien mantienen su pulso con el Gobierno. Éste ha creado un equipo de crisis, al que se han añadido la ministra de Defensa, Carmen Chacón, y el Jefe del Estado Mayor del Aire, que se encuentran reunidos con la cúpula del ministerio de Fomento. El Gobierno estaría a la espera de lo que hagan los controladores que deberían haberse incorporado en el turno de las 22 horas. Si los controladores que han de empezar a trabajar lo hacen, podría evitarse la militarización del control aéreo. En caso contrario, será inevitable que lo hagan para restablecer la normalidad del tráfico aéreo.
Mariano Rajoy sólo pide que el Gobierno dé explicaciones
El presidente de Partido Popular y líder de la oposición, Mariano Rajoy, en una más de sus actitudes cínicas y vergonzantes, sólo ha visto el beneficio propio en esta grave crisis. Porque, en declaraciones a Televisión Española, sólo ha pedido que el Gobierno dé explicaciones acerca de qué está pasando, insinuando que ignora la génesis del conflicto. Rajoy, que precisamente está en Canarias sin poder volar a la Península ha dicho: «Pido que a los centenares y miles de personas que están atrapadas en los aeropuertos, alguien les diga algo. Y ese alguien tiene que ser o AENA o el ministro de Fomento. La gente tiene derecho a saber si va a salir, si va a volar, qué esta ocurriendo. Mire, curiosamente a mi me ha cogido en el aeropuerto de Lanzarote. Insisto, el Gobierno tiene la obligación de contarle a la gente lo que pasa. Porque sino, esto empieza a convertirse en una burla. Ya veremos luego quien es el responsable, pero por lo menos que se diga ahora lo que pasa».
En cambio, ni una palabra ha dicho acerca de que los controladores vuelvan a sus puestos de trabajo, para que dejen de fastidiar a los primeros 250.000 ciudadanos atrapados en los aeropuertos y perjudicar los miles de negocios que ya van a tener pérdidas económicas por la actitud de los controladores.