Los billetes de avión comprados antes de aprobar los PGE quedan exentos de aumentos de tasas

El Grupo Parlamentario Catalán de CiU en el Senado ha conseguido la introducción de dos enmiendas en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) que permitirán que todos los billetes de avión adquiridos antes de la aprobación de los PGE queden exentos de la repercusión del aumento de las tasas aeroportuarias sobre el precio del billete aunque el viaje se realice con posterioridad.



Tal y cómo ha explicado el portavoz de CiU en el Senado, Jordi Vilajoana, «cualquier usuario que coja un avión, por ejemplo, en agosto, y haya adquirido los billetes en febrero no tendrá que pagar este aumento de las tasas». Las enmiendas, aprobadas con 178 votos favorables del PP y CiU, afectan tanto a los pasajeros como al transporte de mercancías.

Jordi Vilajoana ha señalado que «en unas Cuentas Públicas en las que el PP aplica la mayoría absoluta, CiU llega a un acuerdo que beneficia los ciudadanos y el turismo».

Las enmiendas aprobadas exponen textualmente:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA. (nueva)

Las cuantías resultantes de la modificación de los apartados 1 y 2 del artículo 78 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, sólo serán aplicables y exigibles a los obligados al pago de estas prestaciones, respecto a los títulos de transporte emitidos con fecha posterior a la entrada en vigor de esta modificación legal. Respecto a los títulos de viaje anteriores a esta fecha, serán de aplicación y exigibles las cuantías establecidas en el citado artículo 78 de la Ley, en su redacción anterior a esta modificación legal”.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA. (nueva)

El importe de 0,017471 euros por kilogramo de mercancía cargada o descargada en el recinto aeroportuario, establecida en la nueva redacción del artículo 80 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, sólo será aplicable y exigible a los obligados al pago de esta prestación, respecto al transporte de mercancía cargada o descargada en el recinto aeroportuario con fecha posterior a la entrada en vigor de esta modificación legal. Respecto a las mercancías de carga o descarga anterior a esta fecha, será de aplicación y exigible la anterior cuantía, establecidas en el citado artículo 80 de la Ley, de 0,017062 euros por cada kilogramo de mercancía cargada o descargada en el recinto aeroportuario”.

Declaraciones de Josep Piqué

El presidente de Vueling, Josep Piqué, manifestó : «Es una buena noticia para el sector y para los usuarios ya que la aplicación retroactiva de las tasas era muy perjudicial para todos. El Senado, gracias a la enmienda de CiU, ha sido sensible a ello, en beneficio del sector, de la industria turística y de los ciudadanos. Aunque seguimos pensando que el aumento de tasas es desproporcionado, y que afectará negativamente a un sector como el turístico que es esencial para nuestra economía».

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