- • Patronal y sindicatos de trabajos aéreos firman el II Convenio Sectorial tras tres años de parálisis
- • El personal de vuelo tendrá una jornada máxima de 225 días de programación y 2.000 horas anuales
- • La normativa europea limita a 2.000 el máximo anual de horas, pero en España se permitían hasta 2.550.
Los trabajos aéreos y de helicópteros en España ya tienen un texto que los regule. Representantes de la patronal de aviación AECA (Asociación Española de Compañías Aéreas), de los Sindicatos CCOO, UGT, CGT y pilotos del Sindicato SEPLA firmaron ayer, 28 de mayo, el II Convenio Colectivo Sectorial de trabajos aéreos. Con esta firma se consigue que la jornada de los pilotos españoles se parezca más a la de sus colegas europeos, que trabajan según la normativa comunitaria sobre tiempos de trabajo y descanso de tripulaciones.